Esta es la Gaceta Oficial N° 42.038, donde el Ministerio Del Poder Popular de Economía, Finanzas Y Comercio Exterior.- SENIAT mediante Providencia establece el calendario de Sujetos Pasivos Especiales y Agentes de Retención para aquellas obligaciones que deben cumplirse para el año 2021.
Las declaraciones de sujetos pasivos especiales relativas al Impuesto al Valor Agregado (IVA), Impuesto sobre la Renta (ISLR), incluidos sus anticipos, el Impuesto a las Actividades de Juegos de Envite o Azar, el Impuesto a los Grandes Patrimonios, Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras (IGTF), así como las retenciones por los Agentes de Retención de ISLR e IVA y el aporte del 70% de los ingresos de los Servicios Desconcentrados o Servicios Autónomos y Entes Descentralizados, deberán presentarse según el último dígito del Registro Único Fiscal (RIF) y en las fechas establecidas en el calendario, indica un reporte de la consultora EY Venezuela.
Los sujetos pasivos especiales que realicen exclusivamente actividades exentas o exoneradas, deben presentar la declaración informativa del IVA trimestralmente, de acuerdo con el último dígito del RIF. Esta declaración generará los anticipos de ISLR para estos sujetos pasivos, los cuales deben pagarse en la fecha señalada en el respectivo compromiso de pago.
El calendario relativo a la declaración y pago de anticipos de IVA e ISLR aplicará también para aquellos sujetos pasivos especiales que realicen una actividad distinta a la explotación de minas, hidrocarburos, y actividades conexas, y que además no sean perceptores de regalías derivadas de dichas explotaciones.
Las declaraciones y pagos de tributos no contenidos en la Providencia serán realizados según las fechas de vencimiento de la normativa legal vigente. El incumplimiento de la Providencia será sancionado por el Código Orgánico Tributario (COT).
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