En nueve días se vence el plazo para declarar el Impuesto Sobre La Renta (Islr). La cancelación de este tributo, deben hacerlo las personas naturales: Asalariadas con ingreso anual superior a 1.000 UT (Bs.127.000), o ingreso bruto mayor a 1.500 UT.
En la lista se incluyen también: Personas jurídicas, asociaciones, fundaciones, cooperativas y empresas propiedad de la nación, de los estados o municipios. Es importante destacar que el reciente aumento de la Unidad Tributaria no entra en vigencia para este período.
Para cumplir con este proceso el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), está atendiendo a los usuarios en sus oficinas ubicadas en todo el territorio nacional y puntos establecidos en los principales centros comerciales del país.
El contribuyente también puede hacer su declaración desde la comodidad de su hogar o su trabajo por Internet, ingresando al portal oficial del Seniat: www.seniat.gob.ve
Una vez allí, selecciona el link personas naturales, coloque su usuario y la clave, si no lo tiene debe registrarse. Posteriormente, a través de la opción: Menú contribuyente, seleccione donde dice Impuesto Sobre la Renta.
Luego tendrá que marcar con el cursor si hará la declaración definitiva o estimada. Después de seleccionar, el portal le dará acceso a una planilla que deberá llenar.
En caso de que la declaración arroje impuesto por pagar, puede escoger la opción financiar en tres porciones iguales, la primera debe ser pagada antes del vencimiento del lapso para declarar, la segunda a los 20 días y la última a los 40 días continuos.
Este pago se puede hacer por Internet o en una oficina receptora de fondos nacionales, imprimiendo las planillas generadas por el sistema.
La Ley de Impuesto Sobre La Renta permite al contribuyente hacer algunas deducciones a través de los desgravámenes, que puede ser único, el cual consiste en la deducción de 774 Unidades Tributarias (Bs. 98.298,00), sin necesidad de presentar ningún tipo de soporte o a través del desgravamen detallados, que aplica para los contribuyentes que hayan realizado pagos por concepto de cuotas de intereses en los casos de préstamos obtenidos para la adquisición de su vivienda principal, o por concepto de alquiler de la vivienda que le sirve de asiento permanente del hogar.
También puede hacerse presentando los soportes de cancelación de ciertas necesidades básicas. Que contempla: – Educación del contribuyente o descendientes menores de 25 años; pago de seguro de hospitalización, cirugía y maternidad, servicios médicos y odontológicos.
Es importante acotar que las Personas Naturales, tienen la opción de rebajar sus impuesto diez (10) Unidades Tributarias (Bs. 1.270,00) anuales por carga familiares entre los que se incluye: El cónyuge no separado de bienes, ascendiente o descendiente directo, residente en el país.
Bancos Autorizados
Un total de 17 instituciones bancarias han sido autorizadas por el Seniat, para hacer efectivo el pago del Islr correspondiente al ejercicio fiscal 2014.
A través de una nota de prensa el ente recaudador informó que la cancelación solo deberá tramitarse en las entidades financieras autorizadas, bien por vía electrónica para las declaraciones si mantienen cuentas asociadas o a través de las taquillas bancarias.
En caso de que el contribuyente decida pagar electrónicamente la obligación aparecerá en el banco autorizado a recibir este tipo de pagos, al que tiene asociada su cuenta electrónica, y por allí podrá proceder a cancelar. Si desea hacerlo de manera manual, debe imprimir 3 ejemplares de la planilla de pago, a través del Portal Fiscal (www.seniat.gob.ve) en caso de la primera y única porción, así como para la segunda y tercera porción, posteriormente llevarlas a la entidad financiera autorizada conjuntamente con el pago en efectivo o cheque. Los cheques deben ser elaborados a nombre del Tesoro Nacional .
Las instituciones bancarias autorizadas por el organismo recaudador son las siguientes: 100% Banco, Banco Activo, Banco Central de Venezuela, Banco de Venezuela, Banco del Tesoro, Banco Exterior, Banco Fondo Común, Banco Industrial de Venezuela, Banco Mercantil, Banco Nacional de Crédito, Banco Occidental de Descuento, Banco Provincial, Banco Sofitasa, Banesco, Bicentenario, Citibank y Banco Caroní.
Sanciones
La no presentación de la declaración de rentas, es sancionado con una multa equivalente a 150 unidades tributarias (150 U.T.). La presentación tardía se multa con cien unidades tributarias (100 U.T.), sin perjuicio de los intereses moratorios aplicables por el pago extemporáneo.
Es importante resaltar que ante cualquier duda, el Seniat mantiene activo un servicio permanente de orientación telefónica a través de la línea 0-8000-SENIAT (0-8000-736428), así como el correo electrónico asiste@seniat.gob.ve.