De acuerdo con el PND, antes de mayo de 2020 las vinculaciones laborales en las plataformas tecnológicas como Rappi y Uber, deberán estar reguladas.
El gobierno Nacional se alista para darles respuesta a las dinámicas laborales globales y a la vinculación de trabajadores en aplicaciones, por horas, con el artículo 205 del Plan Nacional de Desarrollo (PND).
“El Gobierno, a través del Ministerio del Trabajo, en coordinación con los ministerios de Salud, Hacienda y de las TIC, diseñarán y formularán una política pública que permita, entre otros, caracterizar las condiciones de prestación de servicio, y las modalidades de protección y seguridad social que se puedan generar del uso de estas aplicaciones y plataformas”, dice el documento.
En este, de acuerdo con la ministra de Trabajo, Alicia Arango, el país empezará a legislar para proteger a los trabajadores más vulnerables, además que garantizará su entrada al sistema de protección social, dándoles cobertura en salud, pensión y riesgos laborales.
“Este es un tema delicado, porque tiene varias aristas. Estos no son trabajadores informales, son independientes, y esos contratos los hace el trabajador con la empresa o con la plataforma, pero eso no implica que se deba pagar seguridad social y pensión. Ese es el primer problema que hay. Pero es legal lo que están haciendo”, dijo Arango.
Además, agregó que el país no ha reglamentado legalmente a las plataformas digitales, pero que tiene un año de plazo de acuerdo a lo establecido en el PND para hacerlo.
“Se presentará un proyecto de ley al Congreso en el que se incluyan todas las plataformas, no solo Rappi, sino todas las que actualmente ofrecen diferentes servicios, y sobre esas también hay que tomar medidas”, apuntó Arango.
CONTRATO FLEXIBLE
Según la Ministra, el problema del país está en la forma de contratación, pues en su opinión se debe cotizar por horas.
“En Colombia el 44% de los trabajadores gana menos del salario mínimo, incluidos algunos de Rappi, y cuándo eso pasa, desafortunadamente no tienen derecho a nada. Eso es un absurdo, tienen derecho a salud subsidiada pero no a pensión y eso es una injusticia, porque esas personas tienen, o contrato con una empresa informal o con una formal, pero de independiente. Por eso debemos legislar sobre la situación de los más vulnerables”, expresó Arango.
Además, recordó que en primera instancia, en el PND se aprobó la creación del piso de protección social, con el que se busca brindar garantías básicas en materia de seguridad social para las personas sin capacidad de pago.
“Las personas que obtienen ingresos en tiempo parcial por menos de un salario mínimo tendrán una renta vitalicia, que no es una pensión, pero que les permitirá mantenerse luego de terminar de trabajar. El empleador coloca un 15%, el Gobierno el 20% sobre lo ahorrado y el trabajador no pone nada. Por eso es necesaria una ley que flexibilice y que permita que la cotización se haga por horas, porque actualmente la de salud es por mes y la de pensión por semanas, y los que no tienen ese tiempo no tienen derecho. Eso no debe ser así, para allá vamos por primera vez con el Gobierno”, apuntó.
De igual forma, señaló que la ley también servirá para frenar los abusos que se puedan presentar al estar vinculado formalmente. “La idea es que por cada hora trabajada en Colombia haya derecho a salud y a pensión; por los cambios que ha tenido el trabajo en el mundo, el país debe reaccionar, no se pueden quitar los derechos pensando en abusos, debemos trabajar sobre la realidad”, enfatizó.
NO ES LEGAL
De acuerdo con Iván Daniel Jaramillo, director del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, el mecanismo con el que se trabaja en Rappi y otras plataformas no es formal.
“Formalidad no es trabajo con cualquier cosa, eso es trabajar sin derechos, sin protección social y sin libertad sindical, es una confusión de términos. Hoy esos trabajadores son informales, pero este debate no es solo acá, es mundial. Europa ya tiene precedentes y lo que el Gobierno debería hacer es tomar lo que había en el proyecto de ley 082 de 2018 por medio del cual se buscaba regular el trabajo digital en Colombia y construir sobre eso”, señaló.
A su turno, Stéfano Farné, del Observatorio Laboral de la Universidad Externado, apuntó que la propuesta del salario por horas responde a las nuevas formas de flexibilización laboral y al debate global que se ha dado al respecto.
“Este tipo de propuestas deben evaluarse como lo que sucedió con el salario mínimo por regiones, no sabemos cuál es la forma en la que se estipulará la vinculación a seguridad social. El problema está allí, no en que se le pague a las personas por las horas laboradas, sino en garantizar la real protección de este tipo de trabajadores en Colombia”, puntualizó Farné.
PRECEDENTES INTERNACIONALES
En España condenaron a la plataforma de domicilios Deliveroo y le ordenaron reintegrar e indemnizar a los trabajadores por la vulneración de sus derechos fundamentales al extinguir sus contratos, identificándolos como trabajadores dependientes, dada la caracterización del servicio prestado.
En Colombia, el principio de primacía de la realidad indica que en el caso de los trabajadores de plataformas digitales, si el servicio prestado está gobernado por órdenes o instrucciones, debería poder declararse la relación de trabajo con el conjunto de derechos reconocidos a los trabajadores dependientes en dichas plataformas digitales.