Excepción del IVA en Colombia por 3 días

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El pasado 21 de mayo se publicó el decreto legislativo Nº 682 en Colombia, donde el Presidente Iván Duque decretó “3 días sin IVA”, en donde una serie de artículos no deben incluir IVA y la factura debe establecer que el bien se encuentra exento y la venta debe realizarse a personas naturales. Esta nueva medida tiene como objetivo estimular el comercio electrónico, reactivar la economía durante la pandemia del COVID-19, ofrecer bienes que mejoren la calidad de vida de las personas que se encuentran en confinamiento, incentivar el consumo, entre otros.

Los días en que se aplicará esta medida son: el 19 de junio, 03 de julio y 19 de julio del año en curso, y se aplicará a los artículos correspondientes a los siguientes sectores: Elementos deportivos, juguetes y juegos, vestuario, complementos de vestuario, útiles escolares, bienes e insumos del sector agropecuario, electrodomésticos, computadores y equipos de comunicaciones. Las compras de estos bienes son limitadas a 3 artículos de cada categoría por persona, los métodos de pagos establecidos son: las tarjetas de débito, tarjetas de crédito y pagos electrónicos autorizados. Así mismo, para contar con este beneficio, la facturación y el pago de cada compra, se deberá realizar los días establecidos y mencionados anteriormente.

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