Venezuela: para finales de febrero aplicación del PVJusto

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estructuracostosemenAún están aclarando dudas sobre cómo calcular el PVJusto

EMEN | Ketty Afanador.- El superintendente de Precios Justos, Andrés Eloy Méndez, informó que están “llegando a acuerdos para que en la segunda quincena de febrero empecemos con el marcaje del PVJusto”.

Debido a aspectos operativos y técnicos el ente dará otro plazo para que las empresas hagan el marcaje de precios en las etiquetas de cada producto. . Esta sería la cuarta vez que se prorroga la aplicación de PVJusto que debió aplicarse el 7 de febrero para productores y a partir del 17 de febrero para importadores.

El funcionario explicó que la institución ha mantenido reuniones con sectores fundamentales de la economía en materia de comercialización como textiles, calzado, construcción, partes y autopartes, alimentos, higiene personal y del hogar, medicamentos y salud.

Méndez dijo que estos “son los sectores más importantes en materia de distribución y comercialización de productos”, dijo en una entrevista de radio el pasado viernes.

que estos “son los sectores más importantes en materia de distribución y comercialización de productos”. Agregó que el ente regulador de precios ha realizado talleres y reuniones “durante horas” para aclarar cómo se debe aplicar el PVJusto, así como el porcentaje de ganancia para el importador o productor.

Margen

El superintendente informó que están dando un margen de comercialización para los distribuidores y detal de acuerdo con las características propias de costos y gastos de cada uno de estos sectores.

Ratificó que “en ninguno de los casos podrán exceder un porcentaje mayor de comercialización del 54 % que es el techo que hemos colocado para distribuirlo entre todos los actores de la cadena”.

Para el funcionario está medida es importante porque permitirá que la gente tenga el precio marcado, desde el primer eslabón, en sus productos y finalmente se logre que no haya más de dos intermediario en la cadena. “Después del importador o fabricante solo podrá haber un mayorista y una venta al detal”.

Méndez indicó que había gente que para eludir la ley y obtener mayores ganancias colocaban diversos intermediarios “que facturaban varias veces y cada uno le metía 30%”.

En este sentido, la Providencia Administrativa N° 057/2014 de fecha 18 de noviembre de 2014, establece que se deben ajustar a la norma de marcaje de PVJusto todos los bienes, productos y servicios que se comercialicen o presten en el país.

Precio final

El PVJusto representa el precio de venta máximo para el usuario final (consumidor). La Sundde ha explicado que la dinámica para calcular este precio final, se forma con el costo de producción o prestación de servicios, más un máximo de “gastos ajenos” equivalentes hasta 12,5 % del total del costo de producción o la prestación del servicio y a ello se le suma la “ganancia justa” del productor o importador que no podrá ser mayor a 30%.

A este monto debe sumársele, para conformar el precio final al consumidor, 54% correspondiente al margen de comercialización. Este porcentaje debe repartirse entre todos los actores de la cadena de comercialización que varía dependiendo del sector.

Con respecto a este punto el artículo 37 de la Ley de Precios Justos establece que ningún actor de la cadena de comercialización puede exceder 30% de la estructura de costos del bien o servicio.

Ley Orgánica de Precios Justos señala que para el marcaje deben incorporarse las siglas PVJusto, el monto del Precio de Venta Justo, las siglas IVA (en los casos de bienes o servicios gravados con el Impuesto al Valor Agregado), el monto a pagar, el cual será resultado de la suma del IVA y el PVJusto, y la fecha del marcaje del mismo en formato mes y año en número (mm/aa).

La normativa también establece que el marcaje del precio se puede hacer mediante varias modalidades: impreso en el cuerpo del envase, mediante etiqueta autoadhesiva e indeleble y mediante listados de precios en la entrada de los locales comerciales y a través de sus páginas web, en el caso de los prestadores de servicios

La providencia administrativa establece que en ningún caso se podrá marcar más de un precio en un mismo bien o servicio, removerse las etiquetas, tachar o enmendar el precio indicado originalmente, ni fijar en listas montos superiores a los marcados.

En el caso de encontrarse un producto con más de un precio, deberán venderlo al del menor valor, aunque pudiera darse el caso que estén dos precios en un mismo anaquel de igual presentación, por razones de logísticas e inventarios, estos aspectos aún se definen.

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