Venezuela: nueva Ley de Ilícitos Cambiarios entra en vigencia este lunes

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divisasintLa reforma formaliza el mercado alternativo de divisas y elimina las convocatorias para la compra y venta.

Ahiana Figueroa | EMEN

La Ley de Ilícitos Cambiarios nuevamente reformada vía Habilitante, entra hoy en vigencia de acuerdo a lo establecido en el decreto ley publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria Número 6.150 de fecha 18 de noviembre de 2014.

La nueva normativa presenta algunas modificaciones relacionadas a la denominación del “mercado alternativo de divisas” la cual se incluye en sustitución del título “operaciones de cambio”.

Este artículo establece los lineamientos para permitir las operaciones con divisas a empresas privadas y personas naturales en un mercado distinto a las ya existentes.

Durante una reforma a esta normativa en febrero pasado, se habían incluido estos lineamientos para poder constituir el Sistema Alternativo de Divisas o Sicad 2.

Aunque algunos analistas han señalado que deja abierta la posibilidad para que se constituyan otros esquemas cambiarios.

El artículo 8 relacionado a la compra-venta de divisas señala que estas operaciones se pueden realizar a través de los distintos mecanismos administrados por las autoridades competentes del régimen de administración de divisas. “Se realizará en los términos y condiciones que provean los convenios cambiarios que rijan dichos mecanismos y demás normativas dictadas en desarrollo de aquéllos”.

Llama la atención que en la reforma de la ley, en este artículo se elimina la frase “y en las convocatorias respectivas”.

Como se recordará las operaciones de compra y venta en el Sistema Complementario de Divisas o Sicad 1, se ejecutan a través de las convocatorias a subastas.

La opinión pública ha estado a la espera de algunas modificaciones en la política cambiaria, que contribuya a incrementar la oferta de divisas y a bajar las presiones en el mercado paralelo.

De acuerdo a declaraciones de funcionarios se ha estudiado ejecutar una unificación cambiaria, en la que se devalúa el tipo de cambio de 6,30 bolívares por dólar del Cencoex, se elimine el Sicad 1 y se fortalezca el Sicad 2 a través de nuevas aperturas en la compra y venta de divisas.

Esta semana el llamado dólar paralelo registró significativas alzas, alcanzando niveles de Bs. 150. Analistas prevén que en las próximas semanas podría generarse anuncios en torno al actual sistema cambiario.

Más sanciones

La reforma de la Ley de Ilícitos Cambiarios aumentan las sanciones para las personas que hagan un uso ilegal de su cupo de dólares aprobado por Cencoex.

Algunas de las sanciones que establece la reforma son penas de cárcel de entre dos y siete años para quienes promuevan la venta y compra ilegal de divisas y de tres a siete años para quienes adquieran divisas valiéndose de cualquier “medio fraudulento” y mediante engaño.

Además, se contemplan penas de entre dos y seis años para quienes usen las divisas para fines diferentes a las que fueron solicitadas. En el caso de que alguna persona presente información falsa, se incluye una sanción de entre uno y tres años de cárcel.

Igualmente, se le otorga el carácter penal del incumplimiento del reintegro de las divisas.

El ministerio de Economía, Finanzas y Banca Pública deberá ahora designar el órgano o ente a cuyo cargo estará la inspección y fiscalización del régimen de administración de divisas, quien ejercerá la potestad administrativa sancionatoria.

Gaceta Oficial Extraordinaria N° 6.150 (versión digital) cortesía de Panorama:

 

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