En Gaceta Oficial N° 40.199 que circula el día de hoy, 03 de julio, se publicó el Convenio Cambiario N° 22 del Banco Central de Venezuela (BCV).
Este convenio concierta que las personas naturales y jurídicas del sector privado, podrán presentar ofertas en las subastas de divisas que se realizan a través el Sistema Complementario de Administración de Divisas (SICAD). Las mismas deberán hacerlo mediante las instituciones autorizadas por el BCV. Al mismo tiempo podrán “presentar postura de adquisición”, expresa el artículo n°1.
Las convocatorias para las subastas serán establecidas por el Ejecutivo Nacional a través del Ministerio del Poder Popular de Finanzas y el Banco Central de Venezuela. Las personas interesadas en participar deberán estar inscritas en un registro especial, que se estipulará en una normativa que será publicada, en la que se establecerán los requisitos para poder participar en la subasta.
En esta oportunidad el monto mínimo y máximo por postura de compra, será determinado previamente en la convocatoria para que en cada acto se publique, acuerda el articulo n° 5. Al igual que estable que el diferencial en bolívares entre la tasa oficial de cambio y la tasa de adjudicación de la subasta, estará dirigido a un fondo del Ejecutivo Nacional destinado a gastos en moneda nacional, cuya distribución acordará el Presidente de la República.
Quedó establecida la eliminación de las cartas de crédito como una garantía de pago, en este caso los importadores recibirán directamente las liquidaciones del BCV para poder cancelar a sus proveedores.
En los próximos días serán publicados el reglamento y seguidamente la convocatoria a lo que los empresarios estarán atentos, ya que se prevé que la próxima subasta esté organizada por sectores y regiones en busca de cubrir los focos de mayor necesidad con el objetivo de mejorar el abastecimiento del país.
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