El oficio no. 0138-0186 de fecha 22 de enero de 2013 emitido por la gerencia de servicios jurídicos del SENIAT respondiendo consulta de esta institución por la exigencia de los funcionarios de las aduanas y guardia nacional de la exigencia de etiquetas, ratificando “que para la importación de materiales y equipos médicos, no es un requisito que tengan la etiqueta o el rotulo puesto desde el país de origen, el mismo es un requisito exigible y necesario para el momento de su comercialización”.
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