La circular Nº 0002 de fecha 28 de enero de 2013, emitida por la Vicepresidencia de Bolivariana de Puertos (BOLIPUERTOS) S.A., señala que a partir de la presente fecha todo despacho de Carga General Suelta deberá ser realizado como mínimo en un Vehículo 350 y NO en Camionetas Particulares.
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